Fianza del alquiler: cuánto pueden cobrarte, dónde se deposita y cómo reclamarla

Todo sobre la fianza del alquiler en España: cuánto es legal cobrar, dónde se deposita, plazo de devolución y cómo reclamarla si no te la devuelven.

Equipo Editorial
23 de abril de 2026 7 min
A person taking a picture of a living room

Si alguna vez has alquilado un piso en España, sabes que la fianza es ese dinero que entregas al principio con la esperanza de recuperarlo al final. Y si ya has pasado por esa experiencia, probablemente también sabes que recuperarla no siempre es tan fácil como debería ser. Caseros que descuentan cantidades arbitrarias por “desperfectos”, que tardan meses en devolvértela o que directamente desaparecen del mapa.

La buena noticia es que la ley es bastante clara sobre las fianzas. La mala noticia es que mucha gente no la conoce y acaba aceptando situaciones que no debería. Te explicamos todo lo que necesitas saber: cuánto pueden cobrarte, qué debe hacer el casero con ese dinero, cuándo te lo tienen que devolver y qué hacer si se niegan.

Cuánto pueden cobrarte de fianza

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es tajante en este punto:

  • Vivienda habitual: la fianza legal es de una mensualidad de renta. Ni más ni menos.
  • Uso distinto de vivienda (locales comerciales, oficinas): la fianza legal es de dos mensualidades de renta.

Esto es lo que marca la ley como fianza obligatoria. Pero ojo, porque hay un matiz importante: el propietario puede pedir garantías adicionales además de la fianza. Estas garantías pueden ser un depósito extra, un aval bancario, un seguro de impago de alquiler, etc.

Sin embargo, desde la Ley por el Derecho a la Vivienda de 2023, en los contratos de vivienda habitual de hasta 5 años (o 7 si el arrendador es persona jurídica), las garantías adicionales no pueden superar el equivalente a dos mensualidades de renta. Es decir, como máximo te pueden pedir una mensualidad de fianza legal + dos mensualidades de garantía adicional = tres mensualidades en total al firmar.

ConceptoMáximo legal
Fianza legal (vivienda habitual)1 mensualidad
Garantías adicionales2 mensualidades
Total máximo al firmar3 mensualidades
Fianza legal (uso comercial)2 mensualidades

Ten en cuenta: si el casero te pide más de tres mensualidades como condición para firmar un contrato de vivienda habitual, está incumpliendo la ley. Esto es algo que puedes y debes negociar. Si insiste, es una señal de alerta sobre cómo será la relación contractual. Conocer bien las cláusulas del contrato de alquiler te ayudará a identificar otros posibles abusos.

Dónde se deposita la fianza

Aquí viene algo que mucha gente desconoce: el propietario no puede quedarse la fianza en su cuenta corriente y punto. Tiene la obligación legal de depositarla en el organismo oficial de su comunidad autónoma. Cada comunidad tiene el suyo:

Comunidad autónomaOrganismo de depósito
MadridAgencia de Vivienda Social (antes IVIMA)
CataluñaIncasòl (Institut Català del Sòl)
AndalucíaConsejería de Fomento
Comunidad ValencianaConselleria de Vivienda
País VascoGobierno Vasco (departamento de vivienda)
GaliciaIGVS (Instituto Galego de Vivenda e Solo)

El plazo para depositar la fianza varía según la comunidad, pero generalmente es de 30 días desde la firma del contrato. Si el propietario no la deposita, se expone a sanciones que, dependiendo de la comunidad, pueden ir desde multas económicas hasta la imposibilidad de beneficiarse de determinadas deducciones fiscales.

¿Cómo te afecta a ti como inquilino? En principio, que el casero no deposite la fianza no te perjudica directamente. Tu derecho a recuperarla al final del contrato no depende de que él haya cumplido con su obligación de depositarla. Pero sí es un indicador de que el propietario puede tener una gestión poco rigurosa o poco transparente.

Cuándo y cómo te tienen que devolver la fianza

Cuando el contrato termina y entregas las llaves, empieza a correr el reloj. La LAU establece que el propietario tiene un plazo de un mes desde la entrega de las llaves para devolverte la fianza. Si no lo hace dentro de ese plazo, a partir del día 31 empieza a generar intereses legales a tu favor.

El proceso debería ser sencillo:

  1. Entregas las llaves y se hace una revisión del estado de la vivienda. Es muy recomendable que ambas partes firméis un acta de entrega donde conste el estado del piso. Haz fotos y vídeos del inmueble el día de la entrega.

  2. El propietario comprueba que no hay desperfectos más allá del desgaste normal por el uso. Y aquí está la clave: desgaste normal no es lo mismo que daño. La pintura que se desgasta con el tiempo, las marcas leves en el suelo, los pequeños arañazos en las puertas… todo eso es desgaste normal y no puede descontarse de la fianza.

  3. Devolución en el plazo de un mes. Si todo está correcto, te devuelve la fianza íntegra. Si hay desperfectos reales imputables a ti, puede descontar el coste de la reparación, pero debe justificarlo con facturas.

Qué puede descontar el casero de la fianza (y qué no)

Este es el punto que genera más conflictos. El propietario puede retener parte de la fianza por:

  • Daños reales causados por el inquilino: agujeros grandes en las paredes, cristales rotos, electrodomésticos dañados por mal uso, manchas importantes en suelos o paredes que requieran reparación.
  • Suministros impagados: si dejas facturas de luz, agua o gas pendientes y están a tu nombre, en principio no afectan a la fianza. Pero si están a nombre del propietario y tú debías pagarlas según el contrato, sí pueden descontarlas.
  • Rentas impagadas: si debes mensualidades, el casero puede compensarlas con la fianza.

Lo que no puede descontar:

  • El desgaste normal por uso ordinario. La vivienda se usa, y eso implica que no va a estar igual que el primer día.
  • Reformas o mejoras que el propietario quiera hacer aprovechando la salida del inquilino. Si decide pintar toda la casa porque quiere cambiar de color, ese es su gasto.
  • Reparaciones de elementos que ya estaban deteriorados cuando entraste. De ahí la importancia de documentar el estado del piso al inicio del contrato.

Consejo práctico: cuando firmes el contrato, haz un inventario fotográfico completo de la vivienda. Fotografía desperfectos existentes, el estado de los electrodomésticos, las paredes, suelos y baños. Envíalo por email al propietario para que quede constancia con fecha. Este simple gesto puede ahorrarte cientos de euros al final del contrato.

Cómo reclamar la fianza si no te la devuelven

Si pasa el mes y el casero no te devuelve la fianza ni da señales de vida, tienes varias opciones, de menor a mayor agresividad:

1. Requerimiento por escrito: envía un burofax al propietario solicitando la devolución de la fianza. Detalla la fecha de entrega de llaves, el importe de la fianza, el plazo legal de un mes que ya ha transcurrido y los intereses que se están generando. A menudo, un burofax basta para desatascar la situación, porque el casero entiende que vas en serio.

2. Mediación o arbitraje de consumo: antes de ir a juicio, puedes intentar la vía de la Junta Arbitral de Consumo de tu localidad. Es gratuita y más rápida que un juicio, pero requiere que el propietario acepte someterse a arbitraje. Si se niega, no queda más remedio que la vía judicial.

3. Procedimiento monitorio: si la fianza es inferior a 250.000 euros (que lo será), puedes iniciar un procedimiento monitorio en el juzgado de primera instancia. No necesitas abogado ni procurador si la cantidad reclamada es inferior a 2.000 euros. El proceso es relativamente rápido: presentas la solicitud con la documentación (contrato, justificante de pago de la fianza, comunicaciones con el casero) y el juzgado requiere al propietario para que pague o se oponga.

4. Juicio verbal: si la cantidad es superior a 2.000 euros o el casero se opone al monitorio, se pasa a juicio verbal. Aquí ya conviene contar con abogado, aunque no es obligatorio hasta los 2.000 euros.

Si tienes problemas con el casero en otros aspectos de la convivencia, también te puede ser útil saber cómo reclamar en la comunidad de vecinos.

Casos especiales: cambio de propietario y fianza

¿Qué pasa si el piso se vende mientras estás de alquiler? Tu contrato sigue vigente y el nuevo propietario asume todas las obligaciones del anterior, incluida la devolución de la fianza. El problema práctico es que muchas veces el nuevo dueño dice que él no recibió la fianza y que la reclames al antiguo. Legalmente, eso no es tu problema: quien tiene la obligación de devolverte la fianza es quien sea el propietario al final del contrato.

Para evitar esta situación, si te enteras de que van a vender el piso, asegúrate de que en la escritura de compraventa se mencione la fianza y quede claro que el nuevo propietario la asume.

Deducciones fiscales y fianza

Un detalle que pocos inquilinos conocen: en algunas comunidades autónomas, puedes deducirte el alquiler en la declaración de la renta. Para poder hacerlo, suele exigirse que el contrato esté registrado y que la fianza esté depositada en el organismo oficial. Si tu casero no ha depositado la fianza, podrías tener problemas para aplicar la deducción. Es una razón más para asegurarte de que todo está en regla desde el principio.

Preguntas frecuentes

¿Puede el casero pedirme dos meses de fianza para vivienda habitual?

No. La fianza legal para vivienda habitual es de exactamente una mensualidad. Lo que sí puede pedir son garantías adicionales (depósito extra, aval) de hasta dos mensualidades más. Pero fianza como tal, solo una.

¿Puedo usar la fianza como último mes de alquiler?

No es lo aconsejable ni lo legal. La fianza tiene una finalidad de garantía, no de pago de renta. Si dejas de pagar el último mes esperando que el casero lo compense con la fianza, técnicamente estás incumpliendo el contrato. Además, si después aparecen desperfectos, el casero no tendría dinero con el que cubrir la reparación.

¿Qué pasa si el casero no depositó la fianza en el organismo oficial?

Tu derecho a que te la devuelvan sigue intacto. El incumplimiento del depósito es responsabilidad del propietario y puede acarrearle sanciones, pero no afecta a tu reclamación. Lo que puede pasar es que, si necesitas documentación del organismo de depósito para algún trámite, no la tengas disponible.

¿Se actualiza la fianza durante el contrato?

No se puede actualizar durante los primeros 5 años (o 7 si el arrendador es empresa). Una vez superado ese plazo, en las prórrogas anuales siguientes, el propietario puede pedir que la fianza se actualice al importe de la nueva renta.

¿Cuántos intereses me corresponden si me devuelven la fianza tarde?

A partir del día 31 desde la entrega de llaves, la fianza genera el interés legal del dinero vigente. En 2026, el interés legal está en torno al 3,25% anual. No es una cantidad enorme, pero es tu derecho y lo puedes reclamar.

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