Qué es el IBI, cómo se calcula y cómo pedir una bonificación
Todo sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles: qué es, cómo se calcula, plazos de pago y bonificaciones que quizá no conoces.
Tutorial práctico para hacer tu declaración de la renta con Renta Web de la AEAT: acceso, revisión del borrador y presentación.
Seamos sinceros: la web de la Agencia Tributaria no es precisamente un ejemplo de diseño intuitivo. Cada año recibimos consultas de personas que se pierden entre menús, pantallas de verificación y opciones que no saben si marcar o no. Así que hemos preparado esta guía paso a paso para que puedas hacer tu declaración de la renta online con Renta Web sin necesidad de pedirle ayuda a nadie.
Antes de sentarte delante del ordenador, asegúrate de que tienes preparado lo siguiente. No hay nada peor que empezar el proceso y tener que dejarlo a medias porque te falta un dato.
Método de identificación. Necesitas uno de estos tres: certificado digital instalado en tu navegador, Cl@ve PIN o el número de referencia. Si no tienes ninguno, el más rápido de conseguir es el número de referencia: solo necesitas tu DNI/NIE y la casilla 505 de tu declaración del año pasado. Puedes obtenerlo en el momento desde la propia web de la AEAT.
Datos bancarios. El IBAN de la cuenta donde quieres que te ingresen la devolución o desde la que quieres domiciliar el pago.
Documentación complementaria, si aplica: recibos de alquiler de vivienda habitual, certificados de aportaciones a planes de pensiones, facturas de obras de eficiencia energética, justificantes de donativos… Hacienda ya tiene muchos de tus datos, pero no todos.
Dicho esto, vamos al lío.
Abre tu navegador y ve a la sede electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es). En la página principal, durante la campaña de la renta, verás un banner enorme que dice algo como “Renta 2025”. Haz clic ahí.
Te llevará a una página con varias opciones. La que te interesa es “Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)”. Púlsala.
Ahora viene la pantalla de identificación. Verás tres opciones: certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN y número de referencia. Elige tu método y sigue las instrucciones. Si usas el número de referencia, te pedirá tu NIF y el código que obtuviste antes.
Una vez identificado, la pantalla te mostrará un resumen con tus datos personales. Verifica que tu nombre, NIF, domicilio fiscal y estado civil son correctos. Si ha cambiado tu dirección durante 2025, este es el momento de actualizarla.
Aviso práctico: Si tu estado civil ha cambiado (te has casado, divorciado, etc.) o ha nacido un hijo durante 2025, presta especial atención a esta primera pantalla. Marcar correctamente la situación familiar condiciona todo el cálculo posterior.
Tras confirmar tus datos personales, Renta Web te mostrará el borrador precargado. Aquí la pantalla se divide en secciones que siguen la estructura de la declaración oficial. No te asustes: aunque el formulario completo tiene cientos de casillas, tú solo vas a ver las que te afectan.
En la parte superior verás unas pestañas o un menú lateral (depende del año varía ligeramente el diseño) con apartados como: Rendimientos del trabajo, Rendimientos del capital, Actividades económicas, Ganancias y pérdidas patrimoniales, y Deducciones.
Rendimientos del trabajo. Aquí aparecerá tu salario bruto, las retenciones que te ha practicado tu empresa y las cotizaciones a la Seguridad Social. Comprueba que las cifras coinciden con tu certificado de retenciones. Si has tenido varios empleos o has cobrado prestaciones, deben aparecer todos.
En la práctica, estos datos suelen estar bien porque los reporta directamente tu empresa. Pero ojo que si hay errores aquí, todo lo demás saldrá mal.
Rendimientos del capital mobiliario. Intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones, rendimientos de fondos de inversión… Los bancos y entidades financieras informan a Hacienda, así que estos datos también suelen venir precargados. Revísalos igualmente.
Datos inmobiliarios. Si tienes propiedades, aparecerán con su referencia catastral y el uso (vivienda habitual, arrendada, a disposición de sus titulares…). Ten en cuenta que si un piso está vacío y no es tu vivienda habitual, Hacienda te imputa una renta ficticia por él. Sí, suena injusto, pero es la ley.
Esta es la parte donde mucha gente pierde dinero por no dedicar cinco minutos. Hay deducciones y datos que Hacienda no tiene precargados y que tú debes añadir manualmente.
Deducción por alquiler de vivienda habitual. Si tu contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015, puedes tener derecho a una deducción estatal que sigue vigente por régimen transitorio. Busca la casilla correspondiente en el apartado de deducciones generales.
Deducciones autonómicas. Cada comunidad autónoma tiene sus propias deducciones: por gastos escolares, por nacimiento de hijos, por alquiler para jóvenes, por compra de material escolar… Renta Web tiene un apartado específico para deducciones autonómicas. Revísalo con calma porque aquí puede haber sorpresas agradables.
Aportaciones a planes de pensiones. Si has aportado a un plan de pensiones o a un plan de empleo, asegúrate de que aparece el importe correcto, porque reduce tu base imponible y puede suponer un ahorro fiscal considerable.
Donativos. Las donaciones a ONGs, fundaciones y otras entidades dan derecho a deducción. Los primeros 250 euros donados tienen una deducción del 80%, y el resto, del 40% (que sube al 45% si llevas más de dos años donando a la misma entidad). Son porcentajes generosos que merecen la pena.
Una vez revisado todo, Renta Web te muestra el resultado en la parte inferior de la pantalla. Verás un número en verde (a devolver) o en rojo (a ingresar). Es el momento de la verdad.
Si te sale a devolver, enhorabuena. Hacienda te ha retenido de más durante el año y te corresponde recuperar ese dinero.
Si te sale a pagar, no te lleves las manos a la cabeza todavía. Primero comprueba que no te has dejado ninguna deducción. Y recuerda que puedes fraccionar el pago en dos plazos: 60% en el momento de presentar y 40% en noviembre, sin ningún interés.
Lo que poca gente sabe es que puedes hacer simulaciones cambiando opciones. Por ejemplo, si estás casado, Renta Web te permite comparar el resultado de la declaración individual frente a la conjunta. Prueba ambas opciones y quédate con la que te salga más favorable. No hay ninguna obligación de presentar conjunta por estar casado.
| Situación | Opción recomendada |
|---|---|
| Ambos cónyuges trabajan con ingresos similares | Individual suele ser mejor |
| Un cónyuge trabaja y el otro no tiene ingresos | Conjunta suele ser mejor |
| Ambos trabajan pero uno gana mucho menos | Hacer simulación de ambas |
Cuando estés satisfecho con el resultado y hayas revisado todo, es hora de presentar. Haz clic en el botón de “Presentar declaración” que verás en la parte inferior de la pantalla.
El sistema te pedirá que confirmes tus datos bancarios. Si te sale a devolver, introduce el IBAN donde quieres recibir el dinero. Si te sale a pagar y quieres domiciliar, introduce la cuenta desde la que se hará el cargo.
Tras confirmar, verás una pantalla con un resumen y un botón final de confirmación. Al pulsarlo, se genera un PDF con tu declaración presentada y un número de justificante. Guarda ese PDF como oro en paño: es tu comprobante de que has cumplido con Hacienda.
Recibirás también un aviso en tu buzón electrónico de la AEAT confirmando la presentación. Si no te llega en unas horas, no te preocupes, puedes consultar el estado en cualquier momento entrando de nuevo en Renta Web.
Después de años viendo declaraciones, hay patrones que se repiten. Uno muy habitual es olvidar incluir una segunda vivienda o un garaje que no es anejo a la vivienda habitual. Hacienda tiene los datos catastrales, y si tú no los declaras, tarde o temprano te llega una paralela.
Otro error común: no declarar la venta de criptomonedas. Sí, Hacienda ya recibe información de los exchanges y si has vendido, permutado o intercambiado criptoactivos, debes declarar las ganancias o pérdidas patrimoniales.
Y un clásico: confirmar el borrador sin revisar cuando has cambiado de trabajo durante el año. Los datos de tu nuevo empleo pueden llegar con retraso a Hacienda, y si confirmas un borrador incompleto, luego toca hacer una complementaria.
Sí. Renta Web tiene una opción de “Guardar” que almacena tu progreso. Cuando vuelvas a entrar con tu método de identificación, te preguntará si quieres continuar con la sesión guardada o empezar de nuevo.
Si el error hace que debas pagar más de lo declarado, presenta una declaración complementaria. Si el error te perjudica (te has dejado una deducción), solicita una rectificación de autoliquidación. Ambas opciones están disponibles dentro de Renta Web.
La conexión con la AEAT es segura (cifrado SSL) y los métodos de identificación son robustos. Hacer la declaración online es igual de seguro, o más, que ir a una oficina. Lo que sí te recomendamos es no hacerla desde redes WiFi públicas ni en ordenadores compartidos.
No. Renta Web funciona directamente desde el navegador. Lo único que podrías necesitar instalar es el software del certificado digital si es tu método de identificación, pero Cl@ve PIN y el número de referencia no requieren instalación de nada.
Sí, siempre que tengas su método de identificación. Puedes acceder a Renta Web con sus datos (su certificado, su Cl@ve o su número de referencia) y tramitar su declaración sin problemas. No necesitas ningún tipo de autorización especial para eso.
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