Modelo 036 y 037: cómo darte de alta en Hacienda paso a paso

Guía paso a paso para rellenar el modelo 036 o 037 y darte de alta en el censo de Hacienda como autónomo o empresa en España.

Equipo Editorial
4 de mayo de 2026 8 min
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Antes de emitir tu primera factura, antes incluso de darte de alta en la Seguridad Social, hay un trámite que debes hacer: comunicarle a Hacienda que vas a empezar una actividad económica. Esto se hace con el modelo 036 o su versión simplificada, el modelo 037. Es tu declaración censal de alta, y es el punto de partida de cualquier autónomo o empresa en España.

Si estás dando los primeros pasos para el alta como autónomo en la Seguridad Social, este trámite va primero. No te preocupes: el formulario parece largo, pero la mayoría de casillas no te afectan. Te explicamos página por página qué rellenar y qué dejar en blanco.

Diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037

Lo primero que necesitas saber es cuál de los dos modelos te corresponde. La respuesta corta: la mayoría de autónomos que empiezan pueden usar el 037, que es más sencillo y tiene menos páginas.

CaracterísticaModelo 036Modelo 037 (simplificado)
¿Para quién?Cualquier empresario o profesionalPersonas físicas residentes en España
Páginas84
NIF intracomunitario (ROI)Sí permite solicitarloNo
Regímenes especiales de IVATodosSolo régimen general, simplificado y agricultura
Grandes empresasNo (facturación < 6.010.121 €)
Establecimientos permanentes de no residentesNo
Entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes)No

En resumen: si eres una persona física, residente en España, que va a iniciar una actividad económica sencilla sin operar en el extranjero ni necesitar NIF intracomunitario, el modelo 037 es tu opción. Si constituyes una sociedad, operas con la UE o tienes alguna situación especial, necesitarás el 036.

Dato práctico: Si inicialmente te das de alta con el 037 y más adelante tu situación cambia (por ejemplo, empiezas a facturar a clientes europeos), puedes presentar un 036 de modificación para actualizar tus datos censales.

Qué necesitas antes de empezar

Antes de sentarte a rellenar el modelo, ten preparado lo siguiente:

  • DNI o NIE en vigor.
  • Certificado digital de la FNMT o Cl@ve si vas a presentarlo online (muy recomendable).
  • Epígrafe del IAE que corresponda a tu actividad. Los epígrafes están listados en las tarifas del Impuesto de Actividades Económicas. Si no sabes cuál es el tuyo, la AEAT tiene un buscador de actividades en su sede electrónica. Elegir el epígrafe correcto es importante, así que tómate tu tiempo.
  • Fecha prevista de inicio de actividad. Es la fecha real en que empiezas a trabajar o a ofrecer tus servicios.
  • Decisión sobre el régimen de IRPF: estimación directa simplificada (la más habitual para autónomos) o estimación directa normal.
  • Decisión sobre el régimen de IVA: régimen general (el más común), simplificado (módulos) o exento si tu actividad está exenta.

Cómo rellenar el modelo 037 paso a paso

Vamos al detalle. El modelo 037 tiene cuatro páginas con varias secciones. Te guiamos por las que necesitas completar para un alta inicial.

Página 1: Causas de presentación

  1. Casilla 110: Marca esta casilla, que indica que presentas una declaración de alta.
  2. Casilla 111: Indica la fecha de inicio de actividad.
  3. NIF, nombre y apellidos: Tus datos personales.
  4. Domicilio fiscal: Tu domicilio habitual. Si trabajas desde casa, será tu dirección de casa. Si tienes un local, el domicilio fiscal sigue siendo tu residencia; el local se declara más adelante.

Página 2: Datos de la actividad

Aquí es donde le dices a Hacienda qué vas a hacer:

  1. Casilla 402/403: Indica el epígrafe del IAE de tu actividad. Si tienes varias actividades, puedes declarar varias. Pero para el alta inicial, lo habitual es empezar con una.
  2. Casilla 404: Descripción de la actividad.
  3. Casilla 405: Lugar de ejercicio de la actividad. Si trabajas desde casa, indica tu domicilio. Si tienes un local u oficina, indica esa dirección.
  4. Casilla 406: Municipio y provincia.

Página 3: IVA y retenciones

Esta es la página clave para tus obligaciones fiscales:

Régimen de IVA:

  • Casilla 500: Marca el régimen general si tu actividad está sujeta a IVA al tipo general. Es lo más habitual.
  • Si tu actividad está exenta de IVA (por ejemplo, formación reglada o servicios sanitarios), marca la exención correspondiente.
  • La casilla de inicio de actividad en IVA es importante: la fecha debe coincidir con la que indicaste en la página 1.

IRPF (retenciones e ingresos a cuenta):

  • Casilla 600/609: Si eres profesional (no empresario), tus clientes te retendrán un porcentaje en tus facturas (normalmente el 15 %, o el 7 % durante los tres primeros años de actividad). Marca que estás en estimación directa simplificada.
  • Casilla 610: Indica que presentarás el modelo 130 (pago fraccionado trimestral del IRPF) si eres empresario o si eres profesional sin retención en más del 70 % de tus ingresos.

Tip para autónomos nuevos: Si eres profesional (abogado, diseñador, programador, consultor, etc.) y todos tus clientes son empresas que te retienen, probablemente no necesites presentar el modelo 130. Pero si alguno de tus clientes es un particular que no te retiene, sí tendrás que hacerlo.

Obligaciones trimestrales que estarás asumiendo:

  • Modelo 303: Autoliquidación trimestral de IVA. Para entender cómo funciona, consulta nuestra guía sobre el modelo 303 de IVA trimestral.
  • Modelo 130: Pago fraccionado trimestral del IRPF (si aplica).
  • Modelo 390: Resumen anual de IVA (se presenta en enero del año siguiente).

Página 4: Firma y presentación

Firma (electrónica si presentas online, manuscrita si vas en persona) y fecha.

Cómo presentar el modelo: online y en persona

Presentación online (recomendada):

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es).
  2. Busca “Modelo 037” (o 036) en el buscador.
  3. Identifícate con certificado digital o Cl@ve.
  4. Rellena el formulario electrónico. La ventaja es que el sistema valida los datos en tiempo real y te avisa de errores.
  5. Firma y envía. Recibirás un justificante con CSV (código seguro de verificación).

Presentación presencial:

  1. Descarga el modelo en PDF desde la web de la AEAT o recógelo en una delegación.
  2. Rellénalo a mano o con el PDF rellenable.
  3. Llévalo a cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria.
  4. Necesitarás llevar el DNI o NIE original.

Nuestra recomendación: hazlo online. Es más rápido, te evita desplazamientos y tienes el justificante al instante. Además, si más adelante necesitas presentar una modificación, ya tendrás experiencia con el sistema.

Los epígrafes del IAE: cómo elegir el correcto

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) clasifica todas las actividades económicas en epígrafes. Elegir el correcto es más importante de lo que parece, porque determina:

  • Si tu actividad se considera empresarial o profesional (lo que afecta a las retenciones de IRPF).
  • Qué gastos puedes deducir y en qué proporción.
  • Qué obligaciones formales tienes.

Los epígrafes se dividen en tres secciones:

  • Sección 1: Actividades empresariales (comercio, industria, servicios empresariales).
  • Sección 2: Actividades profesionales (abogados, ingenieros, diseñadores, programadores, consultores).
  • Sección 3: Actividades artísticas (artistas, escritores, deportistas).

Si eres un desarrollador web freelance, tu epígrafe probablemente es el 763 (programadores y analistas de informática) de la sección 2. Si eres un consultor de marketing, el 751 (profesionales de la publicidad) o similar. Para un diseñador gráfico, el 762 o 861.

¿Y si haces varias cosas? Puedes darte de alta en más de un epígrafe. Lo habitual es poner el epígrafe principal y, si realizas actividades claramente distintas, añadir el segundo. Pero no te pases: tener cinco epígrafes como autónomo individual puede levantar las cejas del inspector.

Modificaciones: cuándo presentar un modelo 036/037 de modificación

El alta es solo el principio. A lo largo de tu vida como autónomo, necesitarás presentar modificaciones censales cuando cambien tus circunstancias:

  • Cambio de domicilio fiscal. Tienes un mes para comunicarlo.
  • Nueva actividad. Si añades una actividad económica diferente, debes comunicar el nuevo epígrafe del IAE.
  • Cambio de régimen de IVA o IRPF.
  • Cambio de datos bancarios para domiciliaciones.
  • Inicio de operaciones intracomunitarias (si empiezas a facturar a la UE, necesitas pasar al 036 para solicitar el ROI).
  • Apertura o cierre de un local.

Para presentar una modificación, el procedimiento es el mismo: rellenas un nuevo modelo 036/037 marcando la casilla de “modificación” en vez de “alta”, e indicas solo los datos que cambian.

La baja censal: cómo darte de baja en Hacienda

Cuando dejes de ejercer la actividad, debes presentar un modelo 036/037 de baja censal. Es un trámite que mucha gente olvida, y no hacerlo puede generarte problemas:

  • Hacienda seguirá esperando que presentes las declaraciones trimestrales (303, 130), y si no las presentas, te sancionará.
  • La Seguridad Social y Hacienda cruzan datos. Si te das de baja en el RETA pero no en Hacienda, hay una inconsistencia que puede generarte requerimientos.

La baja censal se presenta marcando la casilla correspondiente en el modelo 036/037 e indicando la fecha de cese. Deberás presentar las declaraciones trimestrales pendientes hasta la fecha de baja.

Errores frecuentes al darse de alta

Elegir un epígrafe incorrecto. Es el error más común. Si Hacienda considera que tu epígrafe no se corresponde con la actividad que realmente realizas, puede reclasificarte y obligarte a presentar declaraciones complementarias.

No marcar correctamente las obligaciones fiscales. Si te olvidas de marcar que vas a presentar el modelo 303, Hacienda no te abrirá esa obligación en su sistema, pero eso no te exime de presentarlo. El lío viene cuando intentas presentar un 303 y el sistema no te deja porque no estás dado de alta en esa obligación.

Confundir la fecha de inicio de actividad con la fecha de presentación. La fecha de inicio es el día en que empiezas realmente a trabajar, no el día que presentas el modelo. Si vas a empezar el 1 de junio, puedes presentar el alta antes de esa fecha.

No conservar el justificante. Necesitarás el justificante de alta censal para darte de alta en la Seguridad Social y, en general, como prueba de que estás dado de alta. Guárdalo bien.


Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio darse de alta en Hacienda antes que en la Seguridad Social?

No es estrictamente obligatorio hacerlo antes, pero sí es lo recomendable y lo que piden en la práctica muchas oficinas de la Seguridad Social. El alta censal en Hacienda debe hacerse antes del inicio de la actividad o el mismo día. El alta en el RETA puede hacerse hasta 60 días antes del inicio.

¿Puedo darme de alta en el 037 si voy a vender por internet a otros países de la UE?

No. Si realizas ventas intracomunitarias necesitarás un NIF-IVA (ROI), que solo se puede solicitar mediante el modelo 036. Pero puedes empezar con el 037 y pasar al 036 cuando amplíes tu actividad al mercado europeo.

¿El alta censal implica algún pago a Hacienda?

No. El modelo 036/037 es una declaración informativa, no una liquidación de impuestos. No pagas nada por presentarlo. Los pagos vendrán después, con las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.

¿Puedo tener más de un epígrafe del IAE?

Sí, puedes darte de alta en tantos epígrafes como actividades económicas distintas realices. Lo habitual es tener uno o dos. Si tienes muchos, asegúrate de que todos reflejan actividades reales que estás ejerciendo.

¿Qué plazo tengo para comunicar un cambio a Hacienda?

Depende del tipo de cambio. Para modificaciones como un cambio de domicilio fiscal o un cambio de actividad, tienes un mes desde que se produce el cambio. Para la baja censal, también un mes desde el cese efectivo de la actividad.

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